{"id":8851,"date":"2022-04-14T09:25:45","date_gmt":"2022-04-14T15:25:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=8851"},"modified":"2022-04-14T09:25:45","modified_gmt":"2022-04-14T15:25:45","slug":"aprobar-reforma-electrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=8851","title":{"rendered":"Aprobar reforma el\u00e9ctrica"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Investigaci\u00f3n Especial <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>Por Lic. Alberto Gonz\u00e1lez K\u00e1ram<\/strong><\/em><\/p>\n<p>\u2022 Generaci\u00f3n de 54 por ciento de energ\u00eda p\u00fablica y 46 privada para garantizar seguridad energ\u00e9tica y las tarifas de la luz se podr\u00e1n mantener a un precio por debajo de la inflaci\u00f3n<br \/>\n\u2022 Evitar cuantiosa evasi\u00f3n de costo del porteo, captaci\u00f3n de incentivos y concentraci\u00f3n de est\u00edmulos fiscales orientados a beneficiar 46.2 millones de usuarios de energ\u00eda el\u00e9ctrica<\/p>\n<p>El debate de la Reforma El\u00e9ctrica que se llev\u00f3 a cabo en los Foros del Parlamento Abierto, convocados por la LXV Legislatura de la C\u00e1mara de Diputadosdel pasado 17 de enero al 15 de febrero del 2022, y la participaci\u00f3n mayoritaria de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN), en sesi\u00f3n del Tribunal Pleno, reconoci\u00f3 la constitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria El\u00e9ctrica de fecha 7 de abril del 2022, y solamente se requiere de la aprobaci\u00f3n en la propia C\u00e1mara de Diputados de tres cuartas partes de sus integrantes.<\/p>\n<p>La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) al reconocer la constitucionalidad de diversos art\u00edculos que definen los contratos de cobertura el\u00e9ctrica, contratos de cobertura el\u00e9ctrica con compromiso de entrega f\u00edsica y contratos legado para el suministro b\u00e1sico, establecen el requisito de factibilidad t\u00e9cnica para el acceso a las redes, prev\u00e9n la posibilidad de que diversos participantes se agrupen para realizar obras, ampliaciones o modificaciones, necesarias para la conexi\u00f3n e interconexi\u00f3n, y se\u00f1alan criterios para determinar la asignaci\u00f3n y despacho a fin de satisfacer la demanda de energ\u00eda el\u00e9ctrica en beneficio de la mayor\u00eda de los mexicanos.<\/p>\n<p>Las acciones de inconstitucionalidad s\u00f3lo se pueden hacer valer por violaciones directas a la Constituci\u00f3n General y Derechos Humanos reconocidos en tratados internacionales, por lo que las normas impugnadas no pueden ser analizadas en el Tratado Integral Progresista de Asociaci\u00f3n Transpac\u00edfico (TIPAT) integrado por M\u00e9xico, Jap\u00f3n, Canad\u00e1, Singapur, Australia, Nueva Zelanda, Vietnam y Per\u00fa, ni en el Tratado de Libre Comercio entre M\u00e9xico-Estados Unidos-Canad\u00e1 (T-MEC).<\/p>\n<p>En cuanto a la materia ambiental, se cumple con el art\u00edculo 4\u00b0 Constitucional y los compromisos internacionales en la Convenci\u00f3n Marco de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU) sobre Cambio Clim\u00e1tico y el Acuerdo de Par\u00eds, materializados en la Ley General de Cambio Clim\u00e1tico, que lo vinculan a reducir la emisi\u00f3n de gases efecto invernadero, mediante la sustituci\u00f3n de energ\u00edas de fuentes f\u00f3siles por renovables.<\/p>\n<p>La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) reconoci\u00f3 la validez de revocar permisos obtenidos en fraude a la ley, as\u00ed como revisar, renegociar o terminar contratos suscritos con productores independientes, estimando que no transgreden los principios de no retroactividad y seguridad jur\u00eddica, por no existir derechos adquiridos en aspectos relacionados con el orden p\u00fablico y ser lo suficientemente precisos, cuya constitucionalidad del decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de la Industria El\u00e9ctrica, se resume en el siguiente Dec\u00e1logo del Sistema El\u00e9ctrico Nacional:<\/p>\n<p>1. Evitar el monopolio debido que la Comisi\u00f3n Federal de Electricidad (CFE) generar\u00e1 como m\u00ednimo el 54 por ciento y los privados el 46 por ciento para garantizar a todos los mexicanos seguridad energ\u00e9tica y las tarifas de la luz se podr\u00e1n mantener a un precio por debajo de la inflaci\u00f3n<\/p>\n<p>2. Eliminar las modalidades ilegales de generaci\u00f3n privada y en el 46 por ciento de producci\u00f3n despachada diariamente, se tenga una aut\u00e9ntica competencia, justa y pareja reconociendo los costos de producci\u00f3n y mantener armon\u00eda en el mercado del Sistema El\u00e9ctrico Nacional<\/p>\n<p>3. Vender la electricidad producida por la CFE para obtener mayores ingresos, garantizando a los 46.2 millones de usuarios energ\u00eda constante las 24 horas a precios bajos<\/p>\n<p>4. Revertir el despacho actual de energ\u00eda el\u00e9ctrica en el siguiente orden: Nuclear, Solar, E\u00f3lica, Geot\u00e9rmica, Gas, Hidroel\u00e9ctrica, T\u00e9rmica y Carb\u00f3n, por un nuevo despacho a futuro que privilegi\u00e9 a las energ\u00edas limpias para reducir la contaminaci\u00f3n y afectaci\u00f3n de la salud de los mexicanos: Hidroel\u00e9ctrica, Nuclear, Geot\u00e9rmica, Gas-CFE, T\u00e9rmica-CFE, E\u00f3lica, Solar, Gas de Privados y Carb\u00f3n<\/p>\n<p>5. Evitar el otorgamiento indiscriminado de permisos de generaci\u00f3n, debido que la red el\u00e9ctrica tiene una demanda proyectada para todo el pa\u00eds de 52,500 MW y en la Administraci\u00f3n de Pe\u00f1a-Nieto se otorgaron permisos por 134,372 MW con una excesiva corrupci\u00f3n y son utilizados con fines especulativos en el mercado burs\u00e1til<\/p>\n<p>6. Aumentar la capacidad de 191 Centrales de Generaci\u00f3n que operan en promedio al 55 por ciento y 69 son energ\u00edas limpias: Hidr\u00e1ulicas, Geot\u00e9rmicas, Nuclear, E\u00f3lica y Solar, a fin de evitar la compra de 90 TWh en el mercado el\u00e9ctrico por 223 mil millones de pesos con recursos p\u00fablicos federales, mientras que el 45 por ciento de sus plantas subutilizadas no generaron ingresos p\u00fablicos por 215 mil millones de pesos, siendo manipulado el despacho primero a los privados y la CFE les paga el precio m\u00e1s alto por contar con contratos firmados en la administraci\u00f3n de Pe\u00f1a-Nieto que contin\u00faan vigentes y se convierte en un mercado altamente dependiente de empresas extranjeras que operan en territorio nacional y utilizan la totalidad de las infraestructura p\u00fablica de la CFE<\/p>\n<p>7. Negociar los contratos suscritos con privados extranjeros y nacionales desde 2014 y 2018, en los cuales se obliga a comprar energ\u00eda e\u00f3lica y solar por parte de la CFE pagando durante 20 a\u00f1os el precio m\u00e1s alto del mercado hasta 2034 y 2038, cuyos proyectos fueron financiados por la Banca de Desarrollo (Bancomext y Nafin) sin contar a la fecha con inversiones extranjeras directas; y en las 34 centrales privadas se cuenta con contratos donde la CFE est\u00e1 obligada a comprar su energ\u00eda por 25 a\u00f1os aunque le entreguen menos, el excedente lo revendan en otro modelo ilegal llamado de autoabasto y al final las centrales quedar\u00e1n en manos de los privados en 2043<\/p>\n<p>8. Regular y controlar las Sociedades de Autoabasto que se autorizaron permisos en el per\u00edodo 2013-1018 para que grandes empresas produzcan su propia electricidad, resultando pr\u00e1cticas ilegales y creando un mercado paralelo donde simularon estos permisionarios tener socios de un d\u00f3lar y empezaron a vender electricidad, utilizando las l\u00edneas de transmisi\u00f3n de la CFE e incurriendo en fraude fiscal, contando actualmente con registro de 239 centrales de autoabasto y en lugar de existir 239 autobeneficiados se cuenta con 77 mil 767 consumidores, cuando estas centrales no cuentan con el permiso autorizado de suministro b\u00e1sico, dentro de estas centrales de autoabasto est\u00e1n grandes empresas como: CEMEX, BIMBO, ALSEA, FEMSA, OXXO, WALMART, MOVISTAR, GRUPO SALINAS, BBVA BANCOMER, TELMEX, TELCEL, 7-ELEVEN, FARMACIAS GUADALAJARA, FARMACIAS DEL AHORRO, HSBC, TIENDAS SORIANA, BANAMEX, TIENDAS CHEDRAUI, CINEMEX, DEPORTES MART\u00cd, SANBORNS, SEARS DE M\u00c9XICO, CIN\u00c9POLIS, TECNOL\u00d3GICO DE MONTERREY, INFRA, GENERAL MOTORS y KIMBERLY-CLARK, entre muchas otras, siendo beneficiadas al evitar y evadir el cobro del costo real del transporte o porteo de la energ\u00eda el\u00e9ctrica al ser grandes consumidores, se interconectan en la red de la CFE creando inestabilidad, p\u00e9rdida de confiabilidad en el sistema y captan incentivos como concentran los est\u00edmulos fiscales federales que se orientan a beneficiar a los 46.2 millones de usuarios energ\u00eda el\u00e9ctrica<\/p>\n<p>9. Incrementar los m\u00e1rgenes actuales en energ\u00edas limpias de 28.6 por ciento a los compromisos internacionales del 35.0 por ciento al 2024, impulsando la generaci\u00f3n distribuida en hogares, escuelas, edificios, pozos de riego, n\u00facleos rurales, entre otros, a trav\u00e9s de la utilizaci\u00f3n sustentable de todas las fuentes de energ\u00eda de las que dispone la Naci\u00f3n, donde se beneficiar\u00e1 directamente al usuario para el apoyo de la econom\u00eda familiar y lograr la transici\u00f3n energ\u00e9tica en materia de electricidad<\/p>\n<p>10. Mantener el Litio como mineral estrat\u00e9gico a futuro del Sistema El\u00e9ctrico Nacional al prohibir el otorgamiento de concesiones y evitar la constituci\u00f3n de un monopolio en las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, mientras que las concesiones mineras ya otorgadas y existen antecedentes de exploraci\u00f3n de litio debidamente avalados por la Secretar\u00eda de Econom\u00eda, continuar\u00e1n sin restricci\u00f3n alguna<br \/>\nEl aprobar la Reforma El\u00e9ctrica se suma a M\u00e9xico como Primera Potencia Mundial en precios de gasolinas m\u00e1s bajos a los consumidores, superado en orden de importancia a Indonesia, Rusia, Arabia Saudita, Argentina, Estados Unidos, China, India, Turqu\u00eda, Canad\u00e1 y Jap\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Investigaci\u00f3n Especial Por Lic. 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