{"id":26331,"date":"2022-09-15T08:20:44","date_gmt":"2022-09-15T14:20:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=26331"},"modified":"2022-09-15T08:20:44","modified_gmt":"2022-09-15T14:20:44","slug":"independencia-energetica-mexicana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=26331","title":{"rendered":"Independencia energ\u00e9tica mexicana"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Investigaci\u00f3n Especial <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>Por Alberto Gonz\u00e1lez K\u00e1ram<\/strong><\/em><\/p>\n<p>\u2022 Inadecuadas, incorrectas e infundadas solicitudes de disputas de la pol\u00edtica energ\u00e9tica de M\u00e9xico, bajo mecanismo de consultas de resoluci\u00f3n se reconoce independencia energ\u00e9tica<br \/>\n\u2022 Reconocimiento por las tres naciones y confirman su pleno respeto al derecho soberano a regular de conformidad con sus propias Constituciones y derecho interno<\/p>\n<p>El secretario de Estado, Antony Blinken y la secretaria de Comercio de Estados Unidos, Gina Raimondo, reconocieron continuar los mecanismos del Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC) para resolver controversias energ\u00e9ticas y en diciembre M\u00e9xico y Estados Unidos celebrar\u00e1n el bicentenario de relaciones bilaterales.<\/p>\n<p>Las inadecuadas, incorrectas e infundadas solicitudes de disputas de la pol\u00edtica energ\u00e9tica de M\u00e9xico, bajo el mecanismo de consultas de resoluci\u00f3n contenidas en el Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC), se encuentra sujeta a la independencia energ\u00e9tica mexicana.<\/p>\n<p>Los textos vigentes del Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC) publicados en las versiones contenidas en el Decreto Promulgatorio del T-MEC de fecha 29 de junio de 2020, incluye 34 Cap\u00edtulos, IV Anexos, 1 Protocolo Modificatorio al Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de Am\u00e9rica y Canad\u00e1, 10 Instrumentos Bilaterales M\u00e9xico-Estados Unidos, 1 Acuerdo en Materia de Cooperaci\u00f3n Ambiental, as\u00ed como sus respectivos textos en ingl\u00e9s y franc\u00e9s, siendo integrada la Pol\u00edtica Energ\u00e9tica en los siguientes dos Cap\u00edtulos: 8. Reconocimiento del dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de los Estados Unidos Mexicanos de los hidrocarburos y 22. Empresas propiedad del estado y monopolios designados.<\/p>\n<p>En el Cap\u00edtulo 8. Reconocimiento del dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de los Estados Unidos Mexicanos de los hidrocarburos, se reconoce por las tres naciones y confirman su pleno respeto al derecho soberano a regular de conformidad con sus respectivas Constituciones y derecho interno, en pleno ejercicio de sus procesos democr\u00e1ticos.<\/p>\n<p>El Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC) establece textualmente lo siguiente: \u201cM\u00e9xico se reserva su derecho soberano de reformar su Constituci\u00f3n y su legislaci\u00f3n interna; y M\u00e9xico tiene el dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos en el subsuelo del territorio nacional, incluida la plataforma continental y la zona econ\u00f3mica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a \u00e9ste, en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado f\u00edsico, de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos\u201d.<\/p>\n<p>El Cap\u00edtulo 22. Empresas propiedad del estado y monopolios designados, reconoce que las actividades comerciales son aquellas que una empresa lleva a cabo con fines de lucro y dan lugar a la producci\u00f3n de una mercanc\u00eda o suministro de un servicio que ser\u00e1 vendido a un consumidor en el mercado relevante en cantidades y a precios determinados por la empresa.<\/p>\n<p>Las empresas propiedad del estado significa un mandato gubernamental en virtud del cual pone a disposici\u00f3n del p\u00fablico en general en su territorio un servicio, directa o indirectamente en el mercado geogr\u00e1fico y comercial para una mercanc\u00eda o servicio.<\/p>\n<p>El monopolio significa una entidad, incluido un consorcio u organismo gubernamental que es designado como el \u00fanico proveedor o comprador de una mercanc\u00eda o servicio, pero no incluye una entidad a la que se le haya otorgado un derecho de propiedad intelectual exclusivo solamente en virtud de dicho otorgamiento; monopolio designado de propiedad privada es aquel que se designa despu\u00e9s de la fecha de entrada en vigor del T-MEC; y un monopolio gubernamental es aquel que tiene propiedad o controlado por proveedor de servicios e instituci\u00f3n financiera.<\/p>\n<p>Los tribunales jurisdicci\u00f3n y \u00f3rganos administrativos se encuentran facultados para recibir, atender y solucionar las reclamaciones civiles en contra de una empresa propiedad o controlada por el estado a trav\u00e9s de los derechos de propiedad por un gobierno extranjero basada en una actividad comercial llevada a cabo en su territorio.<\/p>\n<p>El Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC) establece que una determinaci\u00f3n de amenaza de da\u00f1o importante se basar\u00e1 en hechos y no simplemente en alegaciones, conjeturas o posibilidades remotas, y ser\u00e1 considerada con especial cuidado. El cambio en las circunstancias que dar\u00eda lugar a una situaci\u00f3n en la que la asistencia no comercial a la inversi\u00f3n cubierta causar\u00eda da\u00f1o deber\u00e1 ser claramente previsto e inminente. Al hacer una determinaci\u00f3n respecto a la existencia de una amenaza de da\u00f1o importante, deber\u00edan considerarse factores relevantes y si la totalidad de los factores considerados llevan a la conclusi\u00f3n de que una mayor disponibilidad de mercanc\u00edas producidas por la inversi\u00f3n cubierta es inminente, a menos que se tome una acci\u00f3n de protecci\u00f3n, ocurrir\u00eda un da\u00f1o importante.<\/p>\n<p>Las consideraciones de trato no discriminatorio y asistencia no comercial, se consideran como no aplicables respecto a las actividades disconformes de las empresas propiedad del Estado o a los monopolios designados.<\/p>\n<p>El Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC) contempla que el Comit\u00e9 sobre Empresas Propiedad del Estado y Monopolios Designados (Comit\u00e9 EPEM), compuesto por representantes de las tres naciones tiene asignadas las funciones de revisar y considerar la operaci\u00f3n e implementaci\u00f3n, consultar sobre asuntos que surjan, desarrollar esfuerzos de cooperaci\u00f3n para promover los principios subyacentes a las disciplinas contenidas en la zona de libre comercio y para contribuir al desarrollo de disciplinas similares en otras instituciones regionales y multilaterales.<\/p>\n<p>Las negociaciones futuras dentro de los seis meses a partir de la entrada en vigor del Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC) incluyen el Proceso para el Desarrollo de Informaci\u00f3n Relacionada con Empresas Propiedad del Estado y Monopolios Designados, siendo aplicado a cualquier controversia conforme a la soluci\u00f3n de controversias y en la discusi\u00f3n de evidencias disponibles relativas a los ingresos anuales de la empresa propiedad del Estado o del monopolio designado derivados de las actividades comerciales durante los tres a\u00f1os fiscales consecutivos anteriores en un esfuerzo por resolver durante el per\u00edodo de consultas cualquier desacuerdo en cuanto a la aplicaci\u00f3n de esta excepci\u00f3n.<\/p>\n<p>El c\u00e1lculo del umbral en el Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales o Asistencia No Comercial ser\u00e1 de 175 millones de Derechos Especiales de Giro (DEG) y ser\u00e1 ajustado en intervalos de tres a\u00f1os, y cada ajuste ser\u00e1 efectivo a partir del pasado d\u00eda primero del mes de enero del 2021.<\/p>\n<p>M\u00e9xico reconoci\u00f3 como empresas productivas del Estado a Petr\u00f3leos Mexicanos (PEMEX) y Comisi\u00f3n Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas subsidiarias y filiales que aparecen en la reforma de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, de 20 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n (DOF) y su \u00fanico prop\u00f3sito consiste en permitir a la empresa volver a la viabilidad y cumplir su mandato conforme al Decreto y al Art\u00edculo 25 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos.<\/p>\n<p>Nuestro pa\u00eds asegur\u00f3 que las empresas productivas del estado se constituyeron como resultado de un proceso de competencia de conformidad con las leyes y regulaciones de M\u00e9xico, persiguen la realizaci\u00f3n de actividades comerciales en igualdad de circunstancias y condiciones disponibles para los competidores en igualdad de condiciones, sin la intenci\u00f3n de desplazar o impedir la competencia de un mercado relevante; est\u00e1n orientadas en generar valor econ\u00f3mico y rentabilidad conforme a las condiciones comerciales; siguen los principios de contabilidad y las reglas de gobierno corporativo internacionales generalmente aceptadas, como los Principios de Gobierno Corporativo de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE) y del Grupo de los G-20; act\u00faan de conformidad con el Art\u00edculo 22.4 Trato No Discriminatorio y Consideraciones Comerciales, Art\u00edculo 22.5 Tribunales y \u00d3rganos Administrativos y el Art\u00edculo 22.6 Asistencia No Comercial del Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos y Canad\u00e1 (T-MEC).<\/p>\n<p>Es importante destacar la Resoluci\u00f3n de la Controversia Constitucional 64\/2021 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN), misma que ratifica a la energ\u00eda el\u00e9ctrica como un bien constitucionalmente protegido y servicio p\u00fablico de primera importancia, reconoce los contratos de cobertura el\u00e9ctrica, contratos de cobertura el\u00e9ctrica con compromiso de entrega f\u00edsica y contratos legado para el suministro b\u00e1sico, establece el requisito de factibilidad t\u00e9cnica para el acceso a las redes, prev\u00e9 la posibilidad de que diversos participantes se agrupen para realizar obras, ampliaciones o modificaciones, necesarias para la conexi\u00f3n e interconexi\u00f3n, y se\u00f1ala criterios para determinar la asignaci\u00f3n y despacho a fin de satisfacer la demanda de energ\u00eda el\u00e9ctrica en beneficio de la mayor\u00eda de los mexicanos.<\/p>\n<p>La independencia de la soberan\u00eda energ\u00e9tica mexicana contenida en el Tratado Comercial M\u00e9xico-Estados Unidos-Canad\u00e1 (T-MEC) ser\u00e1 el tema principal en la X Cumbre de L\u00edderes de Am\u00e9rica del Norte 2022 con sede en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Investigaci\u00f3n Especial Por Alberto Gonz\u00e1lez K\u00e1ram \u2022 Inadecuadas, incorrectas e infundadas solicitudes de disputas de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":239,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-26331","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnas"],"jetpack_publicize_connections":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26331","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=26331"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/26331\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/239"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=26331"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=26331"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=26331"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}