{"id":14183,"date":"2022-05-31T19:20:29","date_gmt":"2022-06-01T01:20:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=14183"},"modified":"2022-05-31T19:20:29","modified_gmt":"2022-06-01T01:20:29","slug":"anuncia-pemex-operacion-de-refinanciamiento-de-facturas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=14183","title":{"rendered":"Anuncia PEMEX Operaci\u00f3n de Refinanciamiento de Facturas"},"content":{"rendered":"<p><strong><em>\u00b7 Se trata de una operaci\u00f3n de manejo de pasivos a trav\u00e9s de la cual proveedores y contratistas podr\u00e1n intercambiar pasivos comerciales de las Empresas Productivas Subsidiarias de PEMEX por pasivos financieros de PEMEX<\/em><\/strong><br \/>\n<strong><em>\u00b7 La operaci\u00f3n cubrir\u00e1 pasivos por un monto alrededor de 2 mil millones de d\u00f3lares, lo que permitir\u00e1 dar liquidez a dichos proveedores y contratistas<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignright  wp-image-14184\" src=\"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/Pemexxx.jpg\" alt=\"\" width=\"571\" height=\"325\" srcset=\"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/Pemexxx.jpg 1024w, https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/Pemexxx-300x171.jpg 300w, https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/Pemexxx-768x437.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 571px) 100vw, 571px\" \/>Ciudad de M\u00e9xico (31-Mayo-2022).-<\/strong> Como parte de su programa de financiamiento para pago a proveedores, PEMEX estructur\u00f3 un mecanismo de intercambio de deuda comercial por deuda financiera, el cual representa una oportunidad atractiva para acelerar el pago a proveedores y contratistas de las Empresas Productivas Subsidiarias de PEMEX.<\/p>\n<p>Dicho mecanismo financiero busca ofrecer a esos proveedores y contratistas una alternativa para agilizar la obtenci\u00f3n de liquidez.<\/p>\n<p>Para esta operaci\u00f3n, se estableci\u00f3 un proceso por el cual los proveedores con montos superiores a 5 millones de d\u00f3lares en facturas pod\u00edan entrar voluntariamente en un programa de reconocimiento de obligaciones y pago de facturas elegibles.<\/p>\n<p>El mecanismo financiero se instrumenta el d\u00eda de hoy a trav\u00e9s de la firma de un Acuerdo de Reconocimiento y Repago de Obligaciones entre PEMEX y los proveedores y contratistas, mediante el cual se acord\u00f3 un intercambio par por par de facturas comerciales por notas globales de PEMEX con un cup\u00f3n de 8.75% y vencimiento en 2029. Las facturas elegibles a ser consideradas en el esquema fueron aquellas pendientes de pago, denominadas en d\u00f3lares y con vencimiento hasta el 31 de mayo de 2022.<\/p>\n<p>Los tenedores que as\u00ed lo decidan podr\u00e1n obtener liquidez por medio de un proceso de remercadeo de las notas globales operado por una instituci\u00f3n financiera, el cual se ejecutar\u00e1 a trav\u00e9s de una oferta en el mercado secundario bajo las reglas 144A\/Reg S de la ley de t\u00edtulos valores de los Estados Unidos, en una fecha acordada entre PEMEX, los tenedores y dicha instituci\u00f3n financiera, sujeto a condiciones de mercado.<\/p>\n<p>Aquellos proveedores y contratistas que decidan no participar en el proceso de remercadeo podr\u00e1n mantener sus notas.<\/p>\n<p>La tasa cup\u00f3n de las notas globales se fij\u00f3 con base en la tasa de mercado de PEMEX, tomando como referencia los bonos vigentes con plazo similar al de las notas globales m\u00e1s una prima por nueva emisi\u00f3n de mercado.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de este mecanismo financiero, el cual tuvo gran aceptaci\u00f3n por parte de proveedores y contratistas, PEMEX logra un gran avance en la reducci\u00f3n de sus pasivos, refrendando su compromiso para trabajar de manera estrecha con las empresas que le proveen bienes y servicios, contribuyendo al aprovechamiento de los recursos petroleros y al crecimiento de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>&#8211;000\u2014<\/p>\n<p>Este comunicado de prensa tiene \u00fanicamente fines informativos. Este comunicado de prensa no constituye una oferta de compra o venta ni la solicitud de una oferta de venta o compra de t\u00edtulos valores, ni se realizar\u00e1 ninguna oferta, solicitud o venta de valores en ning\u00fan estado u otra jurisdicci\u00f3n en la que dicha oferta, solicitud o venta sea ilegal.<\/p>\n<p>Las notas globales no han sido registradas bajo la Ley de T\u00edtulos Valores de los Estados Unidos o las leyes de valores de cualquier estado u otra jurisdicci\u00f3n y no pueden ser ofrecidas o vendidas en los Estados Unidos sin el registro o una exenci\u00f3n aplicable de los requisitos de registro de la Ley de T\u00edtulos Valores y las leyes de valores estatales aplicables. Est\u00e1 previsto que los bonos globales se emitan con derechos de registro. Cualquier oferta de valores en un remercadeo se realizar\u00e1 mediante un documento de oferta y en cumplimiento de la legislaci\u00f3n de valores aplicable, sujeto a las condiciones de mercado.<\/p>\n<p>Las notas globales no est\u00e1n destinadas a ser ofrecidas, vendidas o puestas a disposici\u00f3n de cualquier otro modo, y no deben ser ofrecidas, vendidas o puestas a disposici\u00f3n de cualquier otro modo a cualquier inversor minorista en el Espacio Econ\u00f3mico Europeo (\u00abEEE\u00bb). A estos efectos, (a) un \u00abinversor minorista\u00bb significa una persona que es uno (o m\u00e1s) de: (i) un cliente minorista, tal como se define en el punto (11) del art\u00edculo 4, apartado 1, de la Directiva 2014\/65\/UE (en su versi\u00f3n modificada, \u00abMiFID II\u00bb); o (ii) un cliente en el sentido de la Directiva (UE) 2016\/97 (en su versi\u00f3n modificada, la \u00abDirectiva sobre distribuci\u00f3n de seguros\u00bb), cuando dicho cliente no pueda considerarse cliente profesional, tal como se define en el punto (10) del art\u00edculo 4, apartado 1, de la MiFID II; o (iii) no sea un inversor cualificado, tal y como se define en el Reglamento sobre Prospectos; y (b) la expresi\u00f3n \u00aboferta\u00bb incluye la comunicaci\u00f3n, en cualquier forma y por cualquier medio, de informaci\u00f3n suficiente sobre los t\u00e9rminos de la oferta y de las notas globales que se van a ofrecer, de forma que permita a un inversor decidir la compra o suscripci\u00f3n de las notas globales. En consecuencia, no se ha elaborado ning\u00fan documento de datos fundamentales exigido por el Reglamento (UE) N\u00ba 1286\/2014 (en su versi\u00f3n modificada, el \u00abReglamento PRIIP\u00bb) para la oferta o venta de las notas globales o su puesta a disposici\u00f3n de inversores minoristas en el EEE y, por tanto, la oferta o venta de las notas globales o su puesta a disposici\u00f3n de cualquier inversor minorista en el EEE puede ser ilegal en virtud del Reglamento PRIIP.<\/p>\n<p>Este comunicado de prensa y cualquier otro documento o material relacionado con las operaciones descritas en el mismo no han sido aprobados por una persona autorizada a los efectos del art\u00edculo 21 de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000, en su versi\u00f3n modificada (la \u00abFSMA\u00bb). Por lo tanto, este comunicado de prensa y dichos documentos y\/o materiales no se est\u00e1n distribuyendo a personas en el Reino Unido y no deben ser transmitidos a las mismas, salvo en circunstancias en las que la secci\u00f3n 21(1) de la FSMA no sea aplicable. El presente comunicado de prensa se dirige \u00fanicamente a aquellas personas en el Reino Unido (i) que entren en la definici\u00f3n de inversores profesionales (seg\u00fan se define en el art\u00edculo 19(5) de la Orden de Promoci\u00f3n Financiera), (ii) que entren en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 43 de la Orden de Promoci\u00f3n Financiera (comunicaci\u00f3n en tiempo no real por parte o en nombre de una persona jur\u00eddica a los acreedores de dicha persona jur\u00eddica), o (iii) a las que pueda comunicarse legalmente de otro modo en virtud de una exenci\u00f3n del art\u00edculo 21(1) de la FSMA o de otro modo en circunstancias en las que no sea aplicable (todas estas personas se denominan conjuntamente \u00abPersonas Relevantes\u00bb). Este comunicado de prensa est\u00e1 dirigido \u00fanicamente a las Personas Relevantes y no debe ser utilizado por personas que no sean Personas Relevantes. Cualquier inversi\u00f3n o actividad de inversi\u00f3n a la que se refiere este comunicado est\u00e1 disponible s\u00f3lo para las Personas Relevantes y se realizar\u00e1 s\u00f3lo con Personas Relevantes.<\/p>\n<p>Las notas globales no est\u00e1n destinadas a ser ofrecidas, vendidas o puestas a disposici\u00f3n de cualquier inversor minorista en el Reino Unido. A estos efectos, por \u00abinversor minorista\u00bb se entiende una persona que es uno (o m\u00e1s) de los siguientes: (i) un cliente minorista, tal como se define en el punto (8) del art\u00edculo 2 del Reglamento (UE) N\u00ba 2017\/565, ya que forma parte de la legislaci\u00f3n nacional en virtud de la EUWA; o (ii) un cliente en el sentido de las disposiciones de la FSMA y de cualquier norma o reglamento dictado en virtud de la FSMA para aplicar la Directiva sobre distribuci\u00f3n de seguros (UE), cuando dicho cliente no se califique como cliente profesional, seg\u00fan se define en el punto (8) del art\u00edculo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) n\u00ba 600\/2014, ya que forma parte del Derecho interno en virtud del EUWA; o (iii) no sea un inversor cualificado, seg\u00fan se define en el art\u00edculo 2 del Reglamento (UE) 2017\/1129, ya que forma parte del Derecho interno en virtud de la Ley de la Uni\u00f3n Europea (Retiro) de 2018 (\u201cEUWA\u201d). En consecuencia, no se ha elaborado ning\u00fan documento de datos fundamentales exigido por el Reglamento (UE) N\u00ba 1286\/2014 tal y como forma parte de la legislaci\u00f3n nacional en virtud de la EUWA (el \u00abReglamento PRIIP del Reino Unido\u00bb) para ofrecer las notas globales o ponerlas de otro modo a disposici\u00f3n de inversores minoristas en el Reino Unido y, por tanto, ofrecer las notas globales o ponerlas de otro modo a disposici\u00f3n de cualquier inversor minorista en el Reino Unido puede ser ilegal en virtud del Reglamento PRIIP del Reino Unido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00b7 Se trata de una operaci\u00f3n de manejo de pasivos a trav\u00e9s de la cual&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":14184,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[11],"tags":[],"class_list":["post-14183","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacional"],"jetpack_publicize_connections":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14183","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14183"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14183\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/14184"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14183"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14183"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14183"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}