{"id":141602,"date":"2025-01-10T12:09:40","date_gmt":"2025-01-10T18:09:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=141602"},"modified":"2025-01-10T12:09:40","modified_gmt":"2025-01-10T18:09:40","slug":"subsidiar-empleo-2025","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=141602","title":{"rendered":"SUBSIDIAR EMPLEO 2025"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>(10-Enero-2025)<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>Investigaci\u00f3n Especial<\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>Por Alberto Gonz\u00e1lez K\u00e1ram<\/strong><\/em><\/p>\n<p>\u2022 L\u00edmite de $10,171.00 (diez mil ciento setenta y un pesos 00\/100 M.N.) de ingresos mensuales, con el fin de beneficiar a los trabajadores con el subsidio para el empleo<br \/>\n\u2022 Incrementan de 11.82 a 13.8 por ciento Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) mensual que representa $475.00 (cuatrocientos setenta y cinco pesos 00\/100 M.N.)<\/p>\n<p>El subsidio para el empleo es un beneficio fiscal autorizado para apoyar a los trabajadores remunerados con bajos ingresos, a fin de reducir el impacto del impuesto sobre la renta en su econom\u00eda familiar.<\/p>\n<p>En M\u00e9xico el incremento del salario como un asunto de justicia y humanismo consisti\u00f3 en autorizar el aumento de tres d\u00edgitos 215.53 por ciento de $88.36 (ochenta y ocho pesos 36\/100 M.N.) a $278.80 (doscientos setenta y ocho pesos 80\/100 M.N.) en el \u00e1rea de Salarios M\u00ednimos Generales a nivel nacional, mientras que en el \u00e1rea geogr\u00e1fica de la Zona Libre de la Frontera Norte se registra un incremento de tres d\u00edgitos 375.19 por ciento al pasar de $88.36 (ochenta y ocho pesos 36\/100 M.N.) a $419.88 (cuatrocientos diecinueve pesos 88\/100 M.N.) en el per\u00edodo comprendido del 1\u00ba. de enero de 2019 al 31 de diciembre del 2025.<\/p>\n<p>M\u00e9xico ocupa el Segundo Lugar Mundial por el incremento porcentual salarial del 12.0 para 2025 en los pa\u00edses del Grupo de los Veinte (G-20) despu\u00e9s de Rusia 16.6 y superando a India 9.5, Brasil 6.8, Reino Unido 6.7, Indonesia 6.5, China 4.0, Sud\u00e1frica 4.0, Estados Unidos 3.9, Canad\u00e1 3.5, Alemania 3.3, Jap\u00f3n 3.0, Australia 2.7, Francia 2.0 y 1.7 Corea del Sur.<\/p>\n<p>Con el incremento progresivo en los salarios m\u00ednimos, los trabajadores que antes se beneficiaban con el subsidio para el empleo, en funci\u00f3n del nivel de sus ingresos, comenzaron a enfrentar una mayor carga tributaria, debido a el m\u00e1ximo l\u00edmite superior de ingresos por $7,382.33 (siete mil trescientos ochenta y dos pesos 33\/100 M.N.), representa un monto inferior al salario m\u00ednimo mensual aplicable en el interior del pa\u00eds desde 2024.<\/p>\n<p>Debido a lo anterior, se consider\u00f3 necesario modernizar y adaptar el mecanismo fiscal del subsidio para el empleo en cuanto al c\u00e1lculo del impuesto sobre la renta, con el fin de proteger el ingreso disponible de los trabajadores con menores ingresos, mediante una cuota mensual equivalente al 11.82 por ciento del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA), aplicable de manera uniforme a todos los trabajadores cuyo salario mensual no exceda de $9,081.00 (nueve mil ochenta y un pesos 00\/100 M.N.), con el prop\u00f3sito de disminuir el impuesto sobre la renta a su cargo.<\/p>\n<p>El porcentaje de 11.82 por ciento represent\u00f3 un monto mensual de $390.00 (trescientos noventa pesos 00\/100 M.N.), cuya aplicaci\u00f3n permiti\u00f3 que el aumento en el ingreso disponible de los trabajadores despu\u00e9s del impuesto sobre la renta respectivo fuera proporcional al aumento del 20 por ciento del salario m\u00ednimo general de 2024.<\/p>\n<p>En M\u00e9xico se incorporaron 60 millones 004 mil 586 ocupados que representan 97.4 por ciento de la Poblaci\u00f3n Econ\u00f3micamente Activa (PEA) integrada por 61 millones 630 mil 923 personas, permitiendo ubicar a nuestro pa\u00eds en el Primer Lugar Mundial en Tasa de Empleo al superar en el Grupo de los Veinte (G-20) a Pa\u00edses Bajos, Suiza, Alemania, Reino Unido, Francia, Australia, Arabia Saudita, Corea del Sur, Italia, Jap\u00f3n, Rusia, Canad\u00e1, Estados Unidos, Brasil, Espa\u00f1a, Turqu\u00eda, India, Argentina y Sud\u00e1frica, lo cual contribuyen con la reducci\u00f3n de la pobreza laboral y desigualdad socioecon\u00f3mica en 2025.<\/p>\n<p>En los diversos sectores de las actividades econ\u00f3micas se distribuy\u00f3 la poblaci\u00f3n ocupada, concentr\u00e1ndose 63.9 por ciento en los servicios con 38 millones 345 mil 456 ocupados en comercio, restaurantes y servicios de alojamiento, transportes, comunicaciones, correo y almacenamiento, servicios profesionales, financieros y corporativos, servicios sociales, servicios diversos y otros; en las actividades primarias participan 10.5 por ciento con 6 millones 327 mil 218 ocupados en las actividades de agricultura, ganader\u00eda, silvicultura, caza y pesca; en el sector secundario se contribuye con 25.0 por ciento al contar 14 millones 975 mil 062 ocupados en las actividades econ\u00f3micas de la industria extractiva de la miner\u00eda, electricidad, agua y suministro de gas e industria de la construcci\u00f3n; y el 0.6 por ciento restante con 356 mil 850 ocupados en actividades econ\u00f3micas no especificadas.<\/p>\n<p>La reincorporaci\u00f3n de poblaci\u00f3n ocupada en funci\u00f3n de la posici\u00f3n que guarda dentro de su trabajo son de 41 millones 511 mil 727 trabajadores subordinados y remunerados con 69.2 por ciento; 12 millones 980 mil 808 ocupados por su cuenta propia que representan 21.6 por ciento sin emplear personal pagado; 3 millones 515 mil 968 ocupados que son propietarios de los bienes de producci\u00f3n con trabajadores a su cargo que representa 5.9 por ciento; y 3.3 por ciento con 1 mill\u00f3n 996 mil 083 trabajadores sin recibir remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9xico alcanz\u00f3 la m\u00e1xima Tasa de Empleos de 97.4 por ciento al cierre de noviembre del 2024, superando a los registrados de 96.1 con Vicente Fox Quezada en 2004; 94.8 por ciento con Felipe de Jes\u00fas Calder\u00f3n Hinojosa en 2010; y 94.7 por ciento con Enrique Pe\u00f1a Nieto en 2014.<\/p>\n<p>La pol\u00edtica laboral del naciente gobierno federal tiene como objetivo dignificar las condiciones de vida y trabajo de la mayor\u00eda de los mexicanos, tal como qued\u00f3 de manifiesto entre los 100 compromisos anunciados por la Presidenta de la Rep\u00fablica en su mensaje del 1\u00ba. de octubre de 2024 se destaca la Rep\u00fablica con trabajo y salario justo, en cuyo compromiso 56, consiste en aumentar progresivamente cada a\u00f1o el salario m\u00ednimo para que el sueldo de los trabajadores alcance para cubrir a 2.5 canastas b\u00e1sicas.<\/p>\n<p>El incremento del 12 por ciento a los salarios m\u00ednimos en 2025, pasando de $248.93 (doscientos cuarenta y ocho pesos 93\/100 M.N.) a $278.80 (doscientos setenta y ocho pesos 80\/100 M.N.) diarios y la aplicaci\u00f3n del subsidio para el empleo, genera que los trabajadores con ingresos gravables de hasta 1.2 veces el salario m\u00ednimo general registren un aumento de solo 6.6 por ciento en su ingreso disponible, respecto de 2024, al pasar de $8,800.00 (ocho mil ochocientos pesos 00\/100 M.N.) a $9,381.00 (nueve mil trescientos ochenta y un pesos 00\/100 M.N.) mensuales;<\/p>\n<p>Con motivo del incremento al salario m\u00ednimo se considera necesario continuar apoyando a los trabajadores con menores ingresos, se autoriz\u00f3 modificar el porcentaje de 11.82 por ciento de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) mensual a 13.8 por ciento que representa un monto de $475.00 (cuatrocientos setenta y cinco pesos 00\/100 M.N.) a efecto de que su aplicaci\u00f3n permita que el aumento en el ingreso disponible de los trabajadores despu\u00e9s del impuesto sobre la renta respectivo, sea proporcional al aumento del 12 por ciento del salario m\u00ednimo general vigente a partir del pasado 1\u00ba. de enero hasta el 31 de diciembre del 2025; asimismo, se modifica el l\u00edmite de ingresos a $10,171.00 (diez mil ciento setenta y un pesos 00\/100 M.N.) de ingresos mensuales, con el fin de beneficiar a los trabajadores con el subsidio para el empleo.<\/p>\n<p>Es importante destacar que el subsidio para el empleo autorizado, calculado como un porcentaje del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA), se ajustar\u00e1 anualmente en forma autom\u00e1tica para reflejar las variaciones en el costo de la vida y garantizar que su beneficio mantenga su valor real con el transcurso del tiempo, sin embargo, durante el mes de enero de 2025, se aplicar\u00e1 el porcentaje de 14.39 por ciento, de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) vigente en 2024.<\/p>\n<p>Los pagos por salarios correspondientes a periodos menores a un mes para calcular el subsidio para el empleo se dividir\u00e1n la cantidad que resulte de multiplicar el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) por 13.8 por ciento entre 30.4, cuyo resultado obtenido se multiplicar\u00e1 por el n\u00famero de d\u00edas del periodo de pago que determinar\u00e1 el monto del subsidio para el empleo que le corresponde al trabajador por dichos pagos.<\/p>\n<p>Finalmente, en los pagos por salarios en una sola exhibici\u00f3n, que comprendan dos o m\u00e1s meses se calcular\u00e1 el subsidio para el empleo al multiplicar el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) por 13.8 por ciento por el n\u00famero de meses que comprenda el pago.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(10-Enero-2025) Investigaci\u00f3n Especial Por Alberto Gonz\u00e1lez K\u00e1ram \u2022 L\u00edmite de $10,171.00 (diez mil ciento setenta&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":239,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-141602","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnas"],"jetpack_publicize_connections":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/141602","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=141602"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/141602\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/239"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=141602"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=141602"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=141602"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}