{"id":115289,"date":"2024-07-02T15:54:36","date_gmt":"2024-07-02T20:54:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=115289"},"modified":"2024-07-02T15:54:36","modified_gmt":"2024-07-02T20:54:36","slug":"plan-c-en-energia-admite-inversion-privada-pero-no-le-da-reglas-claras-exsubsecretario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/?p=115289","title":{"rendered":"Plan C en energ\u00eda admite inversi\u00f3n privada, pero no le da reglas claras: exsubsecretario"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Fuente: El Economista &#8211; Octavio Amador<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-115290 alignright\" src=\"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Axx.jpeg\" alt=\"\" width=\"674\" height=\"401\" srcset=\"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Axx.jpeg 1024w, https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Axx-300x178.jpeg 300w, https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Axx-768x457.jpeg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 674px) 100vw, 674px\" \/>Ciudad de M\u00e9xico (2 de julio de 2024).-<\/strong><\/em> El proyecto plantea que los privados no tendr\u00e1n prevalencia sobre la empresa estatal, pero no hay una doctrina jur\u00eddica sobre c\u00f3mo debe interpretarse el t\u00e9rmino, lo que crear\u00e1 incertidumbre, opina C\u00e9sar Hern\u00e1ndez, quien fue art\u00edfice el marco legal vigente del sector.<\/p>\n<p>La \u00faltima propuesta de reforma constitucional en electricidad del presidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador, contenida en el llamado Plan C presentado en febrero pasado, se mantiene en la l\u00ednea de su fallida predecesora de permitir la participaci\u00f3n privada de forma restringida, pero no es clara en cuanto a los l\u00edmites, lo cual abonar\u00e1 a la incertidumbre jur\u00eddica de ser aprobada.<\/p>\n<p>Es la opini\u00f3n de C\u00e9sar Emiliano Hern\u00e1ndez, abogado, exsecretario de Electricidad durante el gobierno del presidente Enrique Pe\u00f1a Nieto y uno de los art\u00edfices del marco legal vigente (que en el 2013 abri\u00f3 los mercados el\u00e9ctricos al capital privado con excepci\u00f3n de la transmisi\u00f3n y la distribuci\u00f3n).<\/p>\n<p>La iniciativa del presidente L\u00f3pez Obrador plantea reformar los art\u00edculos 25, 27 y 28 de la constituci\u00f3n con la intenci\u00f3n de garantizar la seguridad y soberan\u00eda energ\u00e9ticas, estableciendo que el Estado mexicano es el responsable a trav\u00e9s de su empresa p\u00fablica.<\/p>\n<p>La iniciativa presidencial, que fue enarbolada por la virtual presidenta electa Claudia Sheinbaum durante su campa\u00f1a presidencial, propone modificar el art\u00edculo 27 constitucional para eliminar la posibilidad de que los particulares participen en actividades de transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n el\u00e9ctricas, lo cual hasta hoy es posible siempre que se haga a trav\u00e9s de contratos con t\u00e9rminos definidos por el Estado.<\/p>\n<p>Si bien se permite la participaci\u00f3n de particulares en los mercados de generaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de electricidad, la reforma marca que \u201cno tendr\u00e1n prevalencia\u201d en ning\u00fan caso sobre la empresa del Estado.<\/p>\n<p>Sin embargo, el concepto \u201cprevalencia\u201d es un t\u00e9rmino novedoso sobre la cual no existe una doctrina jur\u00eddica y, por lo tanto, no hay claridad sobre c\u00f3mo debe ser interpretado. \u201c\u00bfQu\u00e9 significa o podr\u00eda significar la no prevalencia? Dado que no existe una doctrina jur\u00eddica que desarrolle este concepto, es preciso acudir a una definici\u00f3n gramatical\u201d, se cuestiona el exfuncionario p\u00fablico.<\/p>\n<p>Y elabora: \u201cPor ejemplo, para la Real Academia Espa\u00f1ola, \u2018prevalecer\u2019 es \u2018sobresalir, tener alguna superioridad o ventaja\u2019, o bien \u2018imponerse o triunfar una persona o cosa sobre otra\u2019. \u00bfQu\u00e9 implicar\u00eda, bajo la nueva redacci\u00f3n propuesta para el art\u00edculo 27 constitucional, que las leyes deban establecer que los particulares no puedan en ning\u00fan caso \u2018sobresalir, tener alguna superioridad o ventaja\u2019, \u2018imponerse o triunfar\u2019 sobre la empresa p\u00fablica del Estado en generaci\u00f3n o comercializaci\u00f3n el\u00e9ctrica?\u201d.<\/p>\n<p>Al no existir una respuesta clara, concluye que: \u201ccon respecto a las reformas propuestas al art\u00edculo 27 constitucional, es claro que se est\u00e1n estableciendo limitaciones a la participaci\u00f3n privada y al r\u00e9gimen de libre competencia en electricidad, pero es incierto el alcance de las limitaciones\u201d.<\/p>\n<p>Hern\u00e1ndez Ochoa expone esta y otras ambig\u00fcedades de la iniciativa de reforma en su ensayo titulado \u201cOpini\u00f3n t\u00e9cnica sobre la iniciativa presidencial de reforma energ\u00e9tica del 5 de febrero de 2024\u201d, publicado a finales de junio dentro del trabajo titulado An\u00e1lisis T\u00e9cnico de las 20 iniciativas de reformas constitucionales y legales presentadas por el presidente de la Rep\u00fablica (febrero 5, 2024), bajo el sello del Instituto de Investigaciones Jur\u00eddicas de la UNAM.<\/p>\n<p>Dudas sobre el servicio p\u00fablico<\/p>\n<p>Comenta que algo similar ocurre con la referencia que se hace a un \u201cservicio p\u00fablico de electricidad\u201d cuya continuidad y accesibilidad debe garantizar \u201cla empresa p\u00fablica del Estado\u201d conforme a la nueva redacci\u00f3n del art\u00edculo 27 propuesta. Recuerda que de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente el \u00fanico \u201cservicio p\u00fablico\u201d en el sector el\u00e9ctrico expresamente considerado es el de \u201ctransmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n\u201d, mientras que la generaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n, no lo son.<\/p>\n<p>Por lo cual, cabe preguntarse si bajo la nueva definici\u00f3n la generaci\u00f3n y la comercializaci\u00f3n tambi\u00e9n deber\u00edan considerarse servicios p\u00fablicos, pues ello traer\u00eda implicaciones para las empresas privadas que operen en esos mercados. La primera ser\u00eda que, en lugar de operar con permisos, como hasta ahora, tendr\u00edan que hacerlo con concesiones.<\/p>\n<p>\u201cIncorporar generaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n dentro de este m\u00e1s amplio \u2018servicio p\u00fablico de electricidad\u2019 las har\u00eda actividades concesionadas sobre las cuales el Estado podr\u00eda ejercer poderes m\u00e1s amplios y discrecionales\u201d, comenta el abogado.<\/p>\n<p>Conflictos de inter\u00e9s<\/p>\n<p>Por otro lado, la iniciativa del Plan C reforma el art\u00edculo 28 constitucional para establecer que las facultades de planeaci\u00f3n y de control del sistema el\u00e9ctrico nacional se pondr\u00e1n a cargo de una misma y nueva \u201cempresa p\u00fablica del Estado que se establezca\u201d. El texto no deja claro que sea la Comisi\u00f3n Federal de Electricidad sea quien asuma esas funciones, como s\u00ed lo establec\u00eda la fallida iniciativa de reforma constitucional el\u00e9ctrica del 2022.<\/p>\n<p>Hoy en d\u00eda ambas facultades son ejercidas por autoridades diferentes. Por un lado, el Centro Nacional de Control de Energ\u00eda (Cenace) es el gestor del sistema el\u00e9ctrico, mientras que la Secretar\u00eda de Energ\u00eda hace la planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cLa nueva redacci\u00f3n propuesta permitir\u00eda que en una misma persona se concentraran responsabilidades de fijaci\u00f3n de pol\u00edtica energ\u00e9tica, de control del sistema y operaci\u00f3n del mercado el\u00e9ctrico mayorista, y de competidor en este mercado. Los potenciales conflictos de inter\u00e9s ser\u00edan mayores, y afectar\u00edan el terreno parejo en perjuicio de los participantes privados en la industria el\u00e9ctrica\u201d, dijo C\u00e9sar Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>Adicionalmente, quien tambi\u00e9n se desempe\u00f1ara en la Comisi\u00f3n Federal de Competencia Econ\u00f3mica como titular de la Unidad de Planeaci\u00f3n, Vinculaci\u00f3n y Asuntos Internacionales, advirti\u00f3 que aprobar la iniciativa del Plan C \u201cocasionar\u00eda que M\u00e9xico fuera demandado por sus socios del Tratado M\u00e9xico, Estados Unidos, Canad\u00e1, toda vez que, al limitarse los derechos que los inversionistas privados ten\u00edan al momento de la firma del tratado, ser\u00eda violatoria del T-MEC\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fuente: El Economista &#8211; Octavio Amador Ciudad de M\u00e9xico (2 de julio de 2024).- El&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":115290,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[11],"tags":[],"class_list":["post-115289","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacional"],"jetpack_publicize_connections":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/115289","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=115289"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/115289\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/115290"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=115289"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=115289"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.buroperiodistico.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=115289"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}